COLEGIACIÓN DE ENFERMERAS EN ESPAÑA

Para ejercer como enfermera en España es requisito indispensable tener la formación reconocida 

En España, una enfermera puede trabajar tanto en el sector privado como en el público. En la actualidad, se necesitan cubrir numerosas vacantes dentro de su sistema de salud y las oportunidades de empleo son reales y muy interesantes.

Los profesionales sanitarios son muy demandados, además de valorados. Para poder colegiarse y ejercer como enfermero en España, será necesario cumplir una serie de  requisitos y trámites.

¿Dónde se realiza el registro para trabajar como enfermera en España?

La colegiación para poder trabajar como enfermero en España se realiza a través del registro en alguno de los colegios profesionales repartidos por todo el territorio español, cuya agrupación central es el Consejo General de Enfermería.

La colegiación en España es obligatoria para poder ejercer la enfermería, y deberá realizarse en el colegio profesional del territorio donde se vaya a ejercer la profesión con carácter principal. Tiene carácter general, es decir, no se tendrán en cuenta las especialidades para llevarla a cabo. Sí se tendrán en cuenta a efectos de ordenación e información interna del colegio.

¿Qué documentación necesitaré presentar para poder colegiarme con éxito?

Cada colegio tiene su forma de gestionar el proceso, online o presencialmente, pero generalmente la documentación solicitada es la siguiente:

  • Título Académico Oficial.
  • En su defecto, en caso de no poseer el Título Oficial Universitario, Certificación Supletoria Provisional, que deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales., que goza de idéntico valor jurídico y será firmada por el Rector (art. 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales).
  • Certificación académica (Original y fotocopia).
  • Certificado de la especialidad correspondiente si dispone de alguna.
  • 2 fotografías (pueden ser en formato digital).
  • DNI (original y fotocopia).
  • Número de cuenta corriente para el pago de cuotas.
  • Documento que justifique haber realizado el abono de la cuota de inscripción correspondiente.

En caso de titulaciones no españolas, además:

  • NIE o pasaporte.
  • Certificado de homologación/reconocimiento expedido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades o Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Certificado de idoneidad o buena praxis expedido por una autoridad competente del país de origen. Deberá constar que el solicitante no ha sido inhabilitado para el ejercicio de la medicina y será necesaria su traducción jurada si el documento está escrito en otro idioma que no sea el español.

¿Dónde se realiza la homologación o reconocimiento de títulos extranjeros?

Para titulaciones obtenidas fuera de España, el solicitante de la colegiación en España deberá reconocer su formación. El procedimiento será diferente según dónde se hayan obtenido:

Titulaciones comunitarias:

  • El reconocimiento en España de títulos sanitarios expedidos por cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea se regula por el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio (bajo Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo) y se lleva a cabo a través del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Titulaciones extracomunitarias:

En el caso de titulaciones extracomunitarias, la solicitud de homologación del Título de Grado en Enfermería y del reconocimiento de las especialidades se lleva a cabo en diferentes ministerios:

  • Homologación del Título de Grado en Enfermería: corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Esta homologación será válida para todo el territorio español. Será imprescindible el pago de una tasa para hacer efectivo el trámite. Con la aprobación de la solicitud se podrá acceder a formación de postgrado o a puestos de trabajo.

El reconocimiento en España de títulos de especialista obtenidos fuera de la Unión Europea está regulado por el Real Decreto 459/2010 de 16 abril que desarrolla el artículo 18 de la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y se obtiene a través del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

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¿Cómo debe acreditarse el nivel de español para colegiarse como enfermero en España?

Si el idioma materno del enfermero solicitante de la colegiación no es el español, deberá haber acreditado un nivel B2 a través de su solicitud de homologación o reconocimiento de la formación para poder ejercer en España:

Como acreditar un nivel de español B2:

  • Pertenecer a un país cuyo idioma oficial o co-oficial es el español.
  • Haber cursado al menos un 75% de tu formación de grado o especialidad en español.
  • Certificado de prueba DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera expedido por el Instituto Miguel de Cervantes).
  • Certificado oficial de nivel B2 avanzado de español para extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Certificado de Aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 queda suspendido este servicio hasta que se pueda desarrollar con normalidad.

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